Constitución de 1901, ocupada la isla militarmente por Estados Unidos, se hace pública por Orden Militar, el llamamiento para elegir delegados para una Convención Constituyente, la que comenzó a sesionar el 5 de noviembre de 1901, en el teatro Rioja, hoy teatro Martí. Está estructurada en Preámbulo, 115 artículos, 14 Títulos y Disposiciones Transitorias.
En la sesión inaugural, el General Wood, gobernador militar, leyó -en inglés- su discurso quién insistió en que se tomaran en cuenta para la redacción de la carta fundamental cuatro puntos principales:
a) Asegurar un Gobierno estable, ordenado y libre.
b) Organizar las relaciones políticas entre Cuba y Estados Unidos.
c) Restringir el Poder de la Asamblea única y exclusivamente a la elaboración de la constitución.
d) Encomendar al Gobierno norteamericano el desarrollo próspero de Cuba.
Todo lo cual evidenciaba un poder constituyente estrictamente limitado.
Los Constituyentes conocieron y aprobaron el Reglamento de la Asamblea en el que se establecía el carácter público de las sesiones.
También nombraron una comisión redactora de las Bases de la Constitución, las que se someterían a la discusión y aprobación de la Asamblea.
El 21 de enero de 1901 se iniciaron los debates sobre el proyecto, quedando aprobado el texto constitucional el 21 de febrero de 1901.
La constitución consta de un breve preámbulo, catorce títulos y siete Disposiciones Transitorias.
En los títulos se regulaban las siguientes materias:
Título I : De la Nación, de su forma de gobierno y del territorio nacional
Título II : De los cubanos
Título III: De los extranjeros
Título IV: De los derechos que garantiza esta constitución
Sección primera: Derechos individuales
Sección segunda: Derecho al sufragio
Sección tercera: Suspensión de las Garantías Constitucionales
Título V: De la Soberanía y los Poderes Públicos
Título VI: Del Poder Legislativo
Sección primera: De los cuerpos colegisladores
Sección segunda: Del Senado, su composición y atribuciones
Sección tercera: De la Cámara de Representantes, su composición y atribuciones
Sección cuarta: Disposiciones comunes a los Cuerpos Colegisladores
Sección quinta: Del Congreso y sus atribuciones
Sección sexta: De la iniciativa y formación de las Leyes, su sanción y promulgación
Título VII: Del Poder Ejecutivo
Sección primera: Del ejercicio del Poder Ejecutivo
Sección segunda: Del Presidente de la República y de sus atribuciones y deberes
Título VIII: Del Vicepresidente de la República
Título IX: De los Secretarios de Despacho
Título X: Del Poder Judicial
Sección primera: Del ejercicio del Poder Judicial
Sección segunda: Del Tribunal Supremo de Justicia
Sección tercera: Disposiciones Generales acerca de la Administración de Justicia
Título XI: Del Régimen Provincial
Sección primera: Disposiciones generales
Sección segunda: De los Consejos Provinciales y sus atribuciones<
br>
Sección tercera: De los Gobernadores de Provincia y sus atribuciones
Título XII: Del Régimen Municipal
Sección primera: Disposiciones generales
Sección segunda: De los Ayuntamientos y sus atribuciones
Sección tercera: De los Alcaldes y sus atribuciones y deberes
Título XIII: De la Hacienda Nacional
Título XIV: De la Reforma de la constitución
Disposiciones Transitorias
Luego de las largas discusiones entre algunos constituyentes que defendían la independencia y acción soberana de Cuba en sus relaciones con Estados Unidos, se aprobó el 12 de junio de 1901 incorporar un apéndice a la constitución: La Enmienda Platt.
Años más tarde, Gerardo Machado, presidente de la República, de entonces, con el objetivo de prorrogar su gobierno dictatorial, promovió un Reforma de la constitución de 1901.
Dicha convocatoria tuvo una fuerte oposición popular, no obstante el 29 de marzo de 1927, la Cámara de Representantes puso fin a la discusión del Proyecto de reforma que había sido realizado por el liberal Giordano Hernández, apoyado por la firma de 86 representantes.
Cumplidos los trámites correspondientes el 21 de junio de 1927 quedó aprobado el proyecto de Reforma Constitucional, el que en virtud del artículo 115 de la constitución de 1901, debía ser sometido a una Convención Constituyente, la que terminó sus trabajos el 10 de mayo de 1928.
Aunque el 11 de mayo, el presidente Machado, ratificó la Reforma Constitucional, ésta no pudo realizarse a plenitud por los acontecimientos de la revolución del 33.